El Tribunal Supremo de España ha dictaminado que los informes emitidos por el Ministerio de Ciencia son vinculantes para la Agencia Tributaria (Hacienda) en relación con las deducciones fiscales por innovación tecnológica en el Impuesto de Sociedades. Esta decisión, tomada el 8 de octubre de 2024, anula criterios previos de la Audiencia Nacional que permitían a la Agencia Tributaria cuestionar estos informes.
Según el Tribunal, los informes del Ministerio no pueden ser ignorados o rebatidos por la administración tributaria, lo que implica que si un proyecto es calificado como innovación tecnológica por el Ministerio, dicha calificación debe ser aceptada por Hacienda sin posibilidad de contradicción. Esto asegura que las empresas que obtienen un informe favorable sobre sus proyectos puedan aplicar la deducción fiscal correspondiente sin miedo a posteriores reclamaciones por parte de la Agencia.
El Supremo destacó que la ley establece que estos informes son vinculantes en todos sus aspectos, incluyendo la calificación de proyectos y los gastos asociados. Esta sentencia también implica que la Agencia Tributaria no puede desestimar el valor de estos informes basándose en documentos internos que no han sido presentados como pruebas durante el proceso judicial.
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